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Hidalgo refuerza protección legal contra violencia ejercida a través de terceros: Congreso aprueba reformas clave

Hidalgo,
a 1 de agosto de 2025.- En un avance legislativo en favor de los derechos de mujeres e infancias, el Congreso del Estado de Hidalgo aprobó una serie de reformas que incorporan con mayor claridad la figura de “violencia a través de interpósita persona” dentro del marco legal estatal. La medida busca cerrar vacíos jurídicos que impedían sancionar de forma efectiva a agresores que utilizan a terceros —como hijos o familiares— para seguir violentando a sus víctimas.

Esta forma de violencia, común en contextos de separación, disputas por custodia o conflictos legales, ocurre cuando el agresor manipula emocionalmente a hijas, hijos u otras personas cercanas para infligir daño psicológico, emocional o incluso físico a la mujer, aun cuando existan órdenes de restricción o denuncias previas.

A diferencia del término “violencia vicaria”, el nuevo concepto armoniza la legislación local con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que desde enero de 2024 reconoce oficialmente esta modalidad. Legisladores destacaron que no se trata de un simple cambio semántico, sino de una redefinición con implicaciones jurídicas sustanciales.

“Permite actuar de forma más clara y eficaz frente a esta modalidad de violencia, que lamentablemente es cada vez más común en Hidalgo”, detalla el dictamen aprobado.

Las reformas impactan tanto la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Hidalgo como la Ley para la Atención y Sanción de la Violencia Familiar. En ambas se especifica que esta modalidad puede incluir amenazas de quitar la custodia, violencia directa o indirecta por medio de terceros, manipulación emocional de menores o litigios legales usados con fines de hostigamiento.

No obstante, el Congreso decidió no tipificar esta conducta como delito en el Código Penal. De acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Estado, incluirla en la legislación penal sin una redacción precisa pondría en riesgo el principio de legalidad, dificultando su aplicación judicial. También se descartó incorporar el término “ser sintiente” para referirse a niñas, niños y adolescentes, al considerar que su uso carece de una definición legal clara.

Igualmente, se rechazó una propuesta para suspender de forma automática la patria potestad en casos de violencia, debido a que la ley ya contempla la pérdida de este derecho cuando se comprueba la agresión.

Estas reformas representan un paso importante para reforzar la atención y sanción de la violencia familiar, en un contexto estatal donde los casos de agresiones contra mujeres han ido en aumento, según reportes recientes de la Secretaría de Salud.

Las disposiciones aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo. Con ello, se espera mejorar la capacidad del Estado para prevenir y atender una forma de violencia que afecta profundamente a mujeres y menores en contextos de alta vulnerabilidad.

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