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Juzgados familiares rompen estigmas: ahora la custodia de los hijos ya no es privilegio automático de las madres

Por Arquímedes González.
Misantla, Ver., a 15 de junio del 2025.- El criterio tradicional que favorecía automáticamente a las madres en la asignación de guarda y custodia de los hijos está quedando atrás. Así lo afirmó el abogado Jorge Alberto Parra, quien explicó que los tribunales familiares han adoptado una visión más equilibrada y centrada en el interés superior del menor.

“Aunque no hay un incremento notable en la asignación de custodia a padres varones, lo que sí ha cambiado es la forma en que los jueces analizan cada caso. Ya no se parte del estigma de que la madre siempre debe tener la custodia. Hoy se determina qué es lo mejor para el desarrollo del niño o la niña en el caso concreto”, señaló el especialista.

En este nuevo enfoque, la guarda y custodia no se otorga por género, sino por la capacidad real de cada padre para brindar un entorno sano, estable y seguro. Según explicó Parra, si uno de los padres pierde la patria potestad o la convivencia, es porque representa un riesgo o inconveniente, y no por una norma general.

El abogado también enfatizó que en el derecho familiar no existe la definitividad. Es decir, las decisiones sobre patria potestad, custodia o régimen de visitas pueden modificarse a lo largo del tiempo, si las circunstancias cambian.

“En algunos casos se inicia sin permitir la convivencia con el padre que no tiene la custodia, o se ordena una convivencia supervisada en el SECOFAM (Centro de Convivencia Familiar). Pero si el proceso demuestra que no hay impedimentos para la relación, el juez puede modificar las condiciones y permitir una convivencia más abierta”, explicó.

Parra recordó que la ley no busca favorecer a uno u otro progenitor, sino garantizar el desarrollo emocional, afectivo y psicológico de los menores. Para ello, es esencial que mantengan contacto con ambos padres, siempre que se cumplan las condiciones mínimas de seguridad y bienestar.

“Un menor necesita convivir con mamá y papá para crecer de manera integral. Si el padre o la madre demuestra que cumple con sus obligaciones y no hay riesgos, la convivencia puede y debe restablecerse. Eso es lo que marca el interés superior del menor”, concluyó.

Este cambio de paradigma representa un paso importante hacia la equidad en materia de justicia familiar y abre la puerta a un enfoque más humano y realista de las dinámicas familiares modernas.

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