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Reforma constitucional en Veracruz amplía la prisión preventiva oficiosa, desata controversia

Veracruz,
a 30 de noviembre del 2024.- La reciente reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en Veracruz, ha generado debate al ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. A partir de esta modificación, se incluyen delitos como la extorsión, actividades vinculadas al fentanilo, como su producción, almacenamiento y distribución, así como la emisión de comprobantes fiscales falsos.

El decreto establece que los jueces no podrán interpretar ni flexibilizar la aplicación de esta norma, exigiendo que los órganos del Estado se atengan a su literalidad. Se prohíbe cualquier interpretación análoga o extensiva, lo que limita la discrecionalidad judicial en su aplicación.

Sin embargo, la reforma ha suscitado fuertes críticas, especialmente de legisladores de oposición. La diputada Montserrat Ortega Ruiz (PAN) ha señalado que esta modificación contraviene una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de 2022, que había ordenado a México eliminar la prisión preventiva oficiosa, por considerarla una violación de los derechos humanos. Ortega Ruiz advirtió que esta reforma podría facilitar detenciones arbitrarias por parte de la Guardia Nacional y las fiscalías.

Por su parte, el diputado Héctor Yunes Landa (PRI) calificó la reforma como un "mecanismo de persecución política" y un retroceso en el respeto a las garantías individuales. "Es una herramienta para someter a los opositores", aseguró, generando así una polarización en torno a la medida, que de un lado busca endurecer las sanciones, pero del otro plantea serias preocupaciones sobre su impacto en las libertades civiles.

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