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Publican en Veracruz el decreto de Entrega-Recepción previo al inicio de los nuevos ayuntamientos en 2026

La Gaceta Oficial formaliza reformas a las leyes que regulan los procesos municipales
Veracruz, a 25 de noviembre de 2025.- Este 24 de noviembre se publicó en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz el Decreto Número 271, mediante el cual se reforman artículos clave de la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal, así como de la Ley Orgánica del Municipio Libre. La actualización normativa establece que el protocolo de Entrega y Recepción deberá realizarse el 1 de enero de 2026, fecha en la que asumirán funciones los 212 nuevos ayuntamientos del estado.

Veracruz se prepara para el relevo municipal

A poco más de un mes de que los 212 ayuntamientos veracruzanos renueven su administración, el Gobierno del Estado publicó el Decreto Número 271 en la Gaceta Oficial, con el objetivo de ajustar los marcos legales que regulan los procesos de transición de gobierno.

La publicación llega en un momento clave: la antesala de un nuevo ciclo político y administrativo que marcará el inicio del periodo constitucional 2026–2029. En este escenario, el decreto funciona como una actualización obligada que busca evitar lagunas legales y fortalecer la transparencia durante los relevos municipales.

Reformas a los artículos 19 y 26: claridad en el proceso

La Sexagésima Séptima Legislatura del Congreso del Estado notificó al Ejecutivo estatal la aprobación del decreto, el cual reforma los artículos 19 y 26 —en sus párrafos segundo y tercero— de la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal.

La reforma del Artículo 19 precisa una fecha inamovible:
el protocolo de Entrega-Recepción deberá efectuarse el 1 de enero, día de instalación de los nuevos ayuntamientos, conforme a lo establecido por la Constitución Política de Veracruz.

Con esta modificación, el ordenamiento deja atrás interpretaciones o acuerdos previos y establece un marco homogéneo para todos los municipios, desde las grandes zonas metropolitanas hasta las comunidades más pequeñas del estado.

Ajustes a la Ley Orgánica del Municipio Libre

El decreto también incorpora cambios al Artículo 190 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, reforzando los lineamientos que deberán seguir autoridades entrantes y salientes para garantizar que el patrimonio municipal, los archivos, la información financiera y administrativa, así como la operación de los servicios públicos, se transfieran sin contratiempos ni opacidad.

La actualización legal representa un esfuerzo por blindar los procesos de transición, tradicionalmente complejos, frente a cualquier intento de discrecionalidad o indebida retención de información.

Una reforma con sentido político y administrativo

Desde una mirada interpretativa, el Decreto 271 no solo responde a la proximidad del cambio de administraciones, sino también a una necesidad creciente de profesionalizar los procesos municipales en un estado con marcada diversidad territorial.

La definición del 1 de enero como fecha oficial del protocolo transmite un mensaje claro: las transiciones deben ser inmediatas, ordenadas y acompañadas de un marco jurídico actualizado que dé certidumbre a la ciudadanía y a los gobiernos.

La reforma también intenta crear un piso parejo entre municipios con distintos niveles de infraestructura administrativa, reduciendo la posibilidad de que las entregas se conviertan en litigios o negociaciones informales.

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