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martes, 9 de agosto de 2022

IVAI resuelve expedientes con perspectiva de género

 En sesión pública ordinaria, se desahogan 201 resoluciones dentro de los términos que marca la ley
Xalapa, Ver., a 9 de agosto del 2022.- El pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) incluyó criterios de perspectiva de género y de mayor beneficio de las personas al resolver diversos recursos de revisión.

Lo anterior al resolver el recurso de revisión IVAI-REV/2846/2022/I, promovido por una particular que solicitó conocer el dictamen técnico médico institucional validado por la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Veracruz, y que derivó de la presentación de una queja por una presunta irregularidad en el servicio médico, constitutiva de violencia obstétrica y muerte materna.

Al acreditarse la falta de respuesta del sujeto obligado, el IVAI ordenó que realice la búsqueda exhaustiva de la información peticionada por el recurrente, al considerar que los dictámenes respecto a las quejas médicas son un instrumento indispensable para le mejora en la calidad de la atención de los servicios de salud.

La comisionada presidenta Naldy Patricia Rodríguez Lagunes explicó que la violencia obstétrica viola los derechos humanos porque afecta los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de igualdad, autonomía, de no discriminación, de salud, de integridad, de información de la mujer y de derecho a la vida, por lo que, para combatirla es necesario que las instituciones del sector salud realicen una labor humanitaria, informada, consciente y con perspectiva de género.

Por otra parte, el comisionado David Agustín Jiménez Rojas se reservó el análisis en lo particular del expediente IVAI-REV/2758/2022/II y su acumulado, realtivo a las solicitudes hechas para conocer el monto total de un supuesto fraude cometido por diversos servidores públicos en el ayuntamiento de Ozuluama y los motivos para remover a una funcionaria y no a un colaborador solo por el hecho de ser mujer.

En el estudio del caso, se encontró que la Unidad de Transparencia del sujeto obligado no realizó la búsqueda exhaustiva para cumplir con la solicitud. Además, no se atendieron las gestiones necesarias para determinar si en este caso particular existió violencia de género. Por ello, se ordenó al ayuntamiento en cuestión dar respuesta al solicitante y realizar los trámites necesarios para dar cumplimiento a la petición realizada.

Durante esta Tercera Sesión Ordinaria, los integrantes del pleno aprobaron un total de 201 resoluciones dentro de los plazos que marca la ley, de los cuales, 165 corresponden a recursos de revisión y 36 a Denuncias por Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTS).

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