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miércoles, 12 de febrero de 2020

Senado emite decreto que prohíbe condonar impuestos

Por Claudia Flores / Noticieros Televisa
México, a 12 de febrero del 2020.- En el Senado de la República se emitió este martes el decreto que prohíbe condonar impuestos a grandes empresas.

17 estados dieron su respaldo a esta Reforma a la Constitución: Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tlaxcala, Veracruz y la Ciudad de México.

Desde la tribuna, el senador panista Gustavo Madero explicó que, aunque en la Constitución se agregue la prohibición explícita de condonar impuestos, a la vez establece la posibilidad de excepciones en las leyes secundarias, como el Código Fiscal.

“En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios. Eso ya estaba. Las prácticas monopólicas. Eso ya estaba. Los estancos, se le agrega. Las condonaciones de impuestos, es lo único que se agrega, es toda la gran reforma que hemos sesudamente discutido. Las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijen las leyes. ¿Qué quiere decir? Que se eliminan, pero permanecen. ¿Qué quiere decir? Que se prohíben, pero se autorizan en los términos que diga el Código Fiscal. ¿Qué quiere decir? Que como diría Mario Moreno, Cantinflas: ‘sí, pero no’”, dijo Gustavo Madero.

El senador de Morena, Alejandro Armenta, presidente de la Comisión de Hacienda, le respondió que se trata de una reforma que implica la recuperación de 500 mil millones de pesos que autoridades gubernamentales condonaron en el pasado.

“¿Saben cuánto vale esta insignificante cantidad de 500 mil millones de pesos, que condonaban los gobiernos del cambio?, 70 millones de quimioterapias en el país. Hablar del pasado, no lo hacemos para renunciar a nuestra responsabilidad histórica, pero no estaríamos hablando, si ustedes hubieran cumplido con su responsabilidad, no estaríamos hablando de un solo enfermo de cáncer en el país”, sostuvo Alejandro Armenta.

Esta modificación al artículo 28 constitucional, deberá ser promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación para iniciar su vigencia.

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