Noticias

Capillas del municipio deben tener sus títulos de propiedad

Misantla, Ver., a 20 de febrero del 2020.- Las diversas capillas católicas del municipio de Misantla, deben de tener una garantía jurídica, para esto es de suma importancia que cuenten con sus títulos de propiedad y de esta manera tener certeza jurídica, indico en entrevista el abogado Damaso Antonio Herrera Bernabé. 

“Aquí es muy importante que regularicen ya su posición, en las capillas porque, de hecho, precisamente la arquidiócesis de Papantla, debe de tener un registro de los cultos religiosos que tiene en su jurisdicción”, ¿Qué pasos son los que se siguen?, “en primer lugar tener el antecedente del a propiedad, si hay un representante o propietario de la colonia, o de la ubicación que se encuentren, platicarlo y así se pueda dar con más agilidad este trámite”. 

Es de mencionar que actualmente, la Dirección de Asociaciones Religiosas tiene registradas nueve mil 359 asociaciones religiosas, en su mayoría católicas y evangélicas, que junto con el resto de religiones cuentan con más de 95 millones de seguidores, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el INEGI. 

“Es de beneficio, porque ya tendrán una certeza jurídica, y tendrán sus bienes con un documento legal, donde ellos puedan proporcionar mas el apoyo a sus capillas, a sus iglesias, para que de una u otra manera sigan progresando, y sigan tenido mantenimiento dichas capillas”. 

Al ser cuestionado, si estos centros religiosos católicos pueden tener el beneficio de algún tipo de seguro por desastres naturales, o de otra índole, explico que esto pudiera darse, basta los intereses que se manejen en la protección y seguridad de cada centro religioso. 

“De preferencia si se les pide que se regularicen, por esa situación, porque a veces no tenemos un documento legal, y no podemos también exigir a las autoridades en caso de una tragedia que pueda suscitarse, y no se puede con algo legal y/o solicitarles a las autoridades el apoyo, por eso es de mucha importancia que estén regularizadas y que tengan una certeza jurídica”. 

Destaco que existen algunas capillas, poniendo como ejemplo la de San Juan Pablo II de la Colonia Manuel Villaraus Lima, se tenia un trabajo de inicio en su regularización, sin embargo se lo dejaron al tiempo, y se tiene que reiniciar el trámite desde el principio, “yo si les pediría a los ciudadanos religiosos, que vean la manera de seguir con su documentación, y no dejar pasar el tiempo porque se va quedando el rezago, cuando esta el propietario o representante en una disposición de apoyarlos, que bien y si no luego se quedan las cosas en el aire, y es la preocupación que luego se tiene”. 

La regularización de los centros religiosos, son facultades para que tengan el dominio pleno, por ello es necesario que cada uno tenga su escritura pública y no vaya a resultar que algún particular reclame el terreno donde estén asentados los templos, ya que ha sucedido que en vida alguna persona dona, pero muere sin que regularice, en esos terrenos, y al rato Los herederos andan reclamando. 

En conclusión estas son propiedad del pueblo que pertenece a cada religión, y los representa de manera legal, en este caso si hablamos de las parroquias del municipio de Misantla, el representante legal viene siendo los 5 curas que existen. 

No hay comentarios