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El maltrato en adultos mayores debe evitarse

Misantla, Ver., a 4 de agosto del 2019.- Desconocimiento total parece reflejarse en la población al desconocer que desde el 2013, está en vigencia lo que es la ley número 863 de los derechos de las personas adultas mayores del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la cual fue publicada en el Número Extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, del miércoles 14 de agosto de 2013, Oficio número 199/2013.

Sobre este tema y que fuera reformada la ley, se entrevistó a Hilaria Aguilar Ramírez, Procuradora Municipal de Niñas, Niños y Adolescentes, quien expreso que las familias nos obliga a cumplir con los derechos de las personas adultas, y de esta manera evitar el maltrato que en ocasiones se registran. 

“Para que ellos tengan una vida adecuada, que vivan en familia, que no sean abandonados en una casa hogar o en un asilo de ancianos, eso lo prevé la ley. Ellos deben estar en familia, deben de gozar de amor y respeto, ¿con quién lo van hacer?, con la familia”. 

La procuradora indicó que en el municipio misanteco si se han registrado casos, mismos que sus estadísticas por ética son reservadas, sin embargo expuso que esto se debe de evitar a toda costa, pues algunos de ellos se han llevados la fiscalía para iniciar los procesos pertinentes. 

“Se prevén sanciones con multas de salarios mínimos, y procesos de prisión preventiva; no es común pero si existen casos aquí en Misantla, entonces la invitación es, familia cuiden de sus adultos mayores, como ellos cuidaron de nosotros en su momento, nos toca, nos toca cuidar de ellos hay que darles el amor necesario hoy en día que los tenemos, después ya no se podrá”. 

Destaco que los tipos de caso están el desinterés de los hijos para el cuidado de los padres, donde en ocasiones los hijos a pesar de que son muchos solo uno de 7 es el que lo atiende, y esto en ciertos horarios por las labores personales que tiene. 

Las familias ‘modernas’ que delegan sus hijos a los adultos mayores, “esto es más que un deber moral, una sanción específica, pues no, ¿de quién es la obligación de cuidar a los hijos?, de los padres eso si está bien claro. Y si es el caso de algún tipo de sanción es en base al propio hijo, además de que le está cargando el cuidado de sus hijos está ejerciendo algún tipo de maltrato y se podría tipificar en ese sentido, porque existe la violencia psicológica”, remato. 

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