miércoles, 8 de julio de 2026

Congreso de Veracruz define nuevas reglas para solicitar la revocación de mandato de la gubernatura

La reforma constitucional establece plazos, porcentaje mínimo de firmas y criterios de distribución territorial para que proceda la revisión de una solicitud ciudadana.
Xalapa, Ver., a 8 de julio de 2026.- El Congreso del Estado de Veracruz aprobó una reforma constitucional que precisa las reglas que deberá cumplir la ciudadanía para promover un proceso de revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal, con el propósito de otorgar mayor certeza jurídica a este mecanismo de participación democrática.

El dictamen modifica el inciso b) de la fracción VI del artículo 15 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y fue impulsado por diputadas y diputados del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, con adhesión del Grupo Legislativo de Morena. Posteriormente fue analizado y dictaminado por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, así como de Organización Política y Procesos Electorales.

Definen tiempos y requisitos para reunir apoyos

Con la reforma, la ciudadanía interesada en solicitar la revocación de mandato podrá comenzar a reunir firmas durante el mes previo a la conclusión del tercer año de ejercicio constitucional de la gobernadora o gobernador en funciones.

El respaldo ciudadano deberá representar, como mínimo, el 10 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal electoral del estado. Además, los apoyos deberán distribuirse en al menos la mitad más uno de los municipios de Veracruz, donde en cada uno será necesario reunir firmas equivalentes al 3 por ciento de la lista nominal municipal.

De acuerdo con el dictamen, estos requisitos buscan garantizar que la solicitud cuente con un respaldo territorial amplio y no se concentre únicamente en una región específica de la entidad.

El OPLE verificará las firmas

Una vez concluido el tercer año de gobierno, la ciudadanía podrá presentar formalmente la solicitud ante el Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, autoridad que dispondrá de 30 días naturales para revisar de manera integral el cumplimiento de los requisitos establecidos.

La verificación se realizará conforme a los procedimientos que determine la legislación secundaria. En caso de acreditarse el porcentaje y la distribución territorial de los apoyos, el organismo electoral deberá emitir de inmediato la convocatoria para desarrollar el procedimiento de revocación de mandato.

Buscan armonizar el marco constitucional

El Congreso explicó que la modificación responde al objetivo de armonizar la Constitución local con el modelo federal de revocación de mandato, figura reconocida como un instrumento de participación política mediante el cual la ciudadanía puede decidir sobre la conclusión anticipada del cargo de la persona titular del Poder Ejecutivo cuando exista una pérdida de confianza.

La reforma también fortalece la certeza jurídica al definir con mayor precisión las etapas del procedimiento y las atribuciones de la autoridad electoral, evitando interpretaciones ambiguas sobre los requisitos para activar este mecanismo democrático.

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