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Nuevos alcaldes tendrán que nombrar cronista municipal; lo mandata la Ley Orgánica del Municipio Libre

En donde ya hay, debe ratificarse pues de acuerdo con el mismo ordenamiento la vigencia del Cronista es por diez años.
Por Lupita Cabañas / Ms Noticias
Martínez de la Torre, Ver., a 6 de noviembre de 2025.- Los nuevos ayuntamientos, que entrarán en funciones a partir del 1 de enero de 2026, están obligados, de acuerdo con la Ley Orgánica del Municipio Libre, a nombrar a su cronista municipal; además aquellos que ya lo tienen deben ratificarlo pues el mismo ordenamiento establece que su función es por un lapso de diez años, informó el presidente de la Asociación de Cronistas del Estado de Veracruz, Zenón Ramírez García.

Dijo que, desafortunadamente, por falta de interés de los Ayuntamientos, así como del Congreso del Estado y del Poder Ejecutivo Local, en la actualidad solo 60 de los 212 municipios de Veracruz cuenta con un cronista nombrado por el cabildo.

Comentó que, a principios de año, cuando se llevaron a cabo los foros para discutir el Plan Veracruzano de Desarrollo, solicitaron a la gobernadora Rocío Nahle, que se le dé cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica del Municipio Libre y los municipios nombren a su cronista y destinen una partida especial para el funcionamiento y desarrollo de sus actividades.

"Esperamos que los alcaldes electos cumplan con este ordenamiento establecido en la Ley Orgánica", precisó.

Pero, ¿Qué se requiere para ser Cronista?

El presidente de la Asociación de Cronistas detalló que para ser cronista se requiere cumplir ciertos requisitos; primero que tenga un currículo cultural que represente al municipio, conocer la historia de su pueblo, tener trabajos que fortalezcan la identidad y el orgullo de su localidad; tener publicaciones, electrónicas o impresas, que hablen de su dedicación, su gusto y su entrega por la crónica local.

"Que enaltezca y registre históricamente lo que va pasando en el pueblo y en el municipio con sus personajes más distinguidos y más ejemplares tanto en la vida social como en la vida cultural, económica y política, en algunos casos que merezcan ser mencionados como tales".

Vigencia de un Cronista Municipal.

Zenón Ramírez García dejó en claro que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Municipio Libre, la vigencia de la labor de un cronista al frente de su encargo es de diez años a partir de la fecha en que sea designado.

"Y nosotros estamos pidiendo el respeto a los nombramientos que Ayuntamientos anteriores han realizado con o bajo esta norma establecida en la reforma a la Ley Orgánica en 2016; es a diez años el nombramiento y se debe respetar".

Precisó que solo en aquellos casos en que el Cronista ya no esté funcionando por alguna u otra razón se le debe invitar a retornar y si no lo hace, entonces si se nombra a uno nuevo, pero que debe cumplir con los requisitos establecidos para desempeñar la labor.

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