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Nuevo León endurece política fiscal y amplía derechos en salud con reformas publicadas en el Periódico Oficial

Cambios a la Ley Estatal de Salud refuerzan atención a grupos vulnerables y prevención de enfermedades
Nuevo León, a 1 de enero de 2026.- El Gobierno de Nuevo León oficializó un paquete de reformas que marcan un giro relevante en la política fiscal y fortalecen el marco legal en materia de salud pública. Entre las medidas destaca el cobro del refrendo vehicular a automóviles eléctricos e híbridos ya registrados, así como nuevas obligaciones para garantizar atención integral a pacientes con cáncer, niñas y niños en primera infancia y la prevención de enfermedades cardiovasculares y renales.

Ajustes fiscales: fin de la exención al refrendo vehicular

Con la publicación del Decreto 179 en el Periódico Oficial del Estado, Nuevo León formalizó la eliminación del incentivo fiscal que desde 2023 exentaba del pago de refrendo vehicular a los automóviles eléctricos e híbridos ya registrados en la entidad. El argumento inicial del gobierno estatal se centraba en fomentar el uso de unidades con bajas emisiones contaminantes; sin embargo, a partir del ejercicio fiscal 2026, esta política cambiará de manera sustancial.

De acuerdo con el nuevo marco normativo, únicamente los vehículos eléctricos nuevos conservarán el beneficio y solo por una ocasión, al momento de su inscripción en el padrón vehicular. El decreto establece de forma explícita que “los propietarios de vehículos eléctricos estarán exentos de la obligación de pago de refrendo vehicular anual, tratándose de vehículos nuevos, aplicable por una sola ocasión luego de su inscripción”.

Impacto económico y respaldo legislativo

La Tesorería del Estado estima que esta modificación podría generar una recaudación aproximada de 400 millones de pesos durante 2026, recursos que, según autoridades estatales, permitirán fortalecer las finanzas públicas y atender compromisos prioritarios del gobierno.
La reforma fue aprobada por mayoría en el Congreso local el pasado 17 de diciembre, en un contexto de debate sobre la necesidad de ampliar la base de contribuyentes frente al crecimiento del parque vehicular de tecnologías limpias en la entidad.

Desde una lectura interpretativa, la decisión refleja un equilibrio entre la promoción ambiental y la sostenibilidad financiera, al trasladar el incentivo únicamente a la adquisición de nuevas unidades, más que al mantenimiento indefinido de beneficios fiscales.

Reformas a la Ley Estatal de Salud: atención integral y prevención

De manera paralela, entraron en vigor importantes modificaciones a la Ley Estatal de Salud, con un enfoque claro en la ampliación de derechos y la protección de sectores vulnerables. Entre los cambios más relevantes se encuentra la incorporación de acompañamiento psicológico para pacientes con cáncer de mama, de útero y de próstata, reconociendo el impacto emocional y social que conllevan estos padecimientos.

Asimismo, se estableció la obligación de garantizar atención integral a niñas y niños de 0 a 18 meses de edad, incluyendo evaluaciones periódicas del neurodesarrollo, una medida que refuerza la atención en la primera infancia como etapa clave para el desarrollo humano.

Nuevas atribuciones y prevención de riesgos

Las reformas, aprobadas por el Congreso local el 3 de diciembre, quedaron asentadas en los artículos 25, fracción II Bis, y 31 Bis 4 de la ley. Además, se adicionó el Artículo 34, que otorga a la Secretaría de Salud de Nuevo León atribuciones para fomentar la colocación de desfibriladores externos automáticos en espacios públicos y privados, con el objetivo de brindar atención inmediata ante emergencias cardíacas y reducir muertes por crisis cardiovasculares.

En el mismo sentido preventivo, se modificó la fracción tercera del Artículo 44 para integrar la orientación y prevención de enfermedades renales como parte de la educación para la salud, ampliando así el enfoque de atención más allá de la curación y hacia la detección temprana y el autocuidado.

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