lunes, 12 de enero de 2026

La Suprema Corte avala extinción de fideicomisos y respalda facultades del Ejecutivo federal

Quedan sin efecto las impugnaciones de ocho gobiernos estatales contra la desaparición de 109 fideicomisos públicos
México, a 12 de enero de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el decreto emitido en noviembre de 2020 que extinguió diversos fondos y fideicomisos federales, al considerar que estos instrumentos eran mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo. El fallo cierra un largo proceso de controversias promovidas por gobiernos estatales de oposición y reafirma la constitucionalidad de la medida impulsada durante la administración federal anterior, bajo el argumento de eficiencia, transparencia y atención a prioridades nacionales.

La resolución del máximo tribunal

En sesión del pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2020, mediante el cual se extinguieron diversos fondos y fideicomisos públicos, es plenamente constitucional. Con esta decisión, el máximo órgano jurisdiccional del país concluyó que la eliminación de estos instrumentos no invade facultades de los estados ni transgrede los principios de federalismo y división de poderes.

El fallo establece que los fideicomisos federales funcionaban como herramientas administrativas del Poder Ejecutivo, por lo que su desaparición o la redefinición de los mecanismos para canalizar los recursos no implica una afectación directa a las competencias constitucionales de las entidades federativas.

Facultades estatales, sin afectaciones

Uno de los puntos centrales de la resolución fue dejar en claro que los gobiernos estatales conservan intactas sus atribuciones en áreas clave como protección civil, atención a víctimas, medio ambiente, ciencia y tecnología, así como la protección de personas periodistas y defensoras de derechos humanos.

La Corte determinó que, si bien se modificó el esquema de colaboración financiera, los estados pueden seguir ejerciendo plenamente sus funciones, ahora bajo nuevas formas de coordinación con la Federación, sin que ello represente una invasión a su ámbito de actuación.

Las impugnaciones y el debate jurídico

Con esta decisión, la SCJN dejó sin efecto las controversias constitucionales promovidas por ocho gobernadores de oposición, quienes impugnaron la extinción de 109 fideicomisos y fondos públicos, entre ellos el Fondo de Desastres Naturales (Fonden) y el Fondo Metropolitano.

Los gobiernos que promovieron dichas acciones fueron Michoacán, Tamaulipas, Chihuahua, Guanajuato, Aguascalientes, Coahuila, Nuevo León y Jalisco. Argumentaron que la desaparición de los fideicomisos debilitaba la atención a emergencias, el desarrollo regional y diversos sectores estratégicos.

Sin embargo, el ministro ponente, Arístides Guerrero García, sostuvo que las demandas presentaron argumentos genéricos y no lograron demostrar una afectación concreta a atribuciones reconocidas en la Constitución. “En ningún momento pusieron en evidencia la afectación a alguna atribución reconocida por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, expuso durante la sesión.

El origen de la extinción de fideicomisos

La eliminación de los fideicomisos se concretó en noviembre de 2020, a iniciativa del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, quien justificó la medida bajo la necesidad de disponer de recursos públicos —estimados en 68 mil millones de pesos— para atender la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19.

Desde el Ejecutivo federal se argumentó que muchos de estos fondos operaban con opacidad, discrecionalidad y escasa rendición de cuentas, por lo que su desaparición permitiría una administración más directa y transparente de los recursos públicos.

Transparencia y críticas al esquema anterior

Una de las voces más firmes a favor de la extinción fue la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien sostuvo que el esquema de fideicomisos permitió durante años un manejo poco claro de los recursos. Recordó que la Auditoría Superior de la Federación documentó deficiencias graves en su operación, entre ellas falta de transparencia, confidencialidad excesiva, ineficiencia administrativa, irregularidades, desvíos y una distribución inequitativa de los recursos.

Desde esta perspectiva, la decisión de la Corte refuerza una visión de reordenamiento del gasto público, en la que el control y la fiscalización se concentran en mecanismos presupuestales tradicionales.

Contexto político y judicial

La resolución se da en un momento relevante para la Suprema Corte, en el que se discuten otros temas de alto impacto nacional. En paralelo, el pleno ha generado debate por decisiones como permitir la intervención de la ministra Yasmín Esquivel en asuntos relacionados con la UNAM, pese al juicio que enfrentó por señalamientos de presunto plagio de su tesis de licenciatura.

En este contexto, el fallo sobre los fideicomisos marca una postura clara de la actual integración del tribunal en favor de la constitucionalidad de reformas estructurales impulsadas desde el Congreso y el Ejecutivo federal.

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