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La Pensión para Adultos Mayores: Un Derecho Constitucional

México,
a 28 de octubre del 2024.- La Secretaria del Bienestar, Ariadna Montiel, ha anunciado que a partir del 4 de noviembre, se dará inicio a la dispersión de recursos para la pensión de adultos mayores. Este proceso se llevará a cabo de manera organizada, siguiendo el orden alfabético según la primera letra del apellido de los beneficiarios, con un calendario que será publicado próximamente para facilitar la distribución.

Montiel enfatizó las reformas recientes que, impulsadas por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), buscan elevar a rango constitucional las pensiones del programa Bienestar. Con estas modificaciones, las pensiones para adultos mayores, así como las destinadas a personas con discapacidad y el programa Sembrando Vida, estarán respaldadas por la ley y se incrementarán anualmente, garantizando su continuidad.

Esta decisión establece que cualquier gobierno futuro deberá mantener estos apoyos, al estar consagrados en el artículo 4º de la Constitución, lo que los protege como derechos sociales fundamentales. La pensión para adultos mayores es universal a partir de los 65 años, consolidándose como una prestación asegurada en la Carta Magna.

Montiel aclaró que las personas que ya reciben una pensión por discapacidad no podrán acumularla con la pensión universal de adultos mayores. Sin embargo, al cumplir 65 años, tendrán derecho únicamente a la pensión de adultos mayores, que se incrementará de forma anual. Además, el programa de pensión para personas con discapacidad se convertirá en universal, facilitando la coordinación de recursos entre estados y federación, garantizando así el acceso a esta importante prestación para todos los beneficiarios.

Con estos cambios, se reafirma el compromiso del gobierno hacia el bienestar de los grupos más vulnerables de la sociedad, asegurando que la atención y el apoyo a nuestros adultos mayores y personas con discapacidad sean una prioridad.

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